Estados Unidos: La industria del derecho de autor presiona para obtener una observancia más estricta 18/02/2008 by Catherine Saez, Intellectual Property Watch 3 Comments Share this:Click to share on Twitter (Opens in new window)Click to share on LinkedIn (Opens in new window)Click to share on Facebook (Opens in new window)Click to email this to a friend (Opens in new window)Click to print (Opens in new window)Por Dugie Standeford para Intellectual Property Watch Estados Unidos gana terreno en su lucha contra la piratería y la falsificación en el ámbito de la propiedad intelectual, comunicó esta semana una importante comisión interinstitucional al presidente George Bush y al Congreso de Estados Unidos. Sin embargo, por cada logro que se obtiene en la observancia de la propiedad intelectual, surgen cada vez más amenazas complejas e imprevisibles, sostuvo la comisión en su informe de 11 de febrero. La cuestión de la observancia es también una preocupación para la industria cinematográfica, de la música y de los programas informáticos, quienes, esta semana, dieron a conocer sus candidatos más recientes a la lista elaborada en relación con el artículo especial 301, en la que la Oficina del Representante de Estados Unidos para las Cuestiones Comerciales Internacionales (USTR) nomina aquellos países que considera tienen regímenes ineficaces de propiedad intelectual. Si bien países en desarrollo como China y Rusia han tenido que enfrentarse durante largo tiempo a presiones por violaciones de derechos de propiedad intelectual, este año el sector del derecho de autor solicitó una vigilancia más estricta de Alemania, Canadá y Suecia, entre otros países. El National IP Law Enforcement Coordination Council ─ NIPLECC ─ (Consejo de Coordinación Nacional para la Observancia del Derecho de la Propiedad Intelectual) está conformado por los cinco organismos federales encargados de la observancia nacional e internacional de la propiedad intelectual: el Ministerio de Comercio, el Departamento de Seguridad del Territorio Nacional, el Ministerio de Justicia, el Departamento de Estado y la Oficina del USTR. En su informe de 2007, el NIPLECC observó que se registraba un número mayor de procesos judiciales así como de incautación de mercadería falsificada. El año pasado, Estados Unidos entabló dos diferencias contra China relativas a la propiedad intelectual en la Organización Mundial del Comercio (OMC) y dio inicio a negociaciones sobre un acuerdo comercial contra la falsificación. Según el informe, la Administración del presidente Bush asignó mayor atención a las repercusiones de las mercaderías falsificadas en la salud y seguridad públicas y mantuvo la observancia de la propiedad intelectual como un elemento clave de sus relaciones comerciales bilaterales y multilaterales. Pese a las señales de una observancia mejorada en algunos lugares, el NIPLECC señaló preocupaciones crecientes en la materia. El aumento significativo de incautaciones de mercaderías falsificadas en las fronteras de Estados Unidos es un reflejo de cuán vasto es el problema, sostuvo el Consejo. Sin embargo, algunas organizaciones internacionales y algunos países influyentes cuestionan actualmente la necesidad de una protección de la propiedad intelectual. Si bien es cierto que las nuevas tecnologías permiten a los titulares de derecho proteger con mayor eficacia su propiedad intelectual, la piratería está en auge. El informe del NIPLECC sostiene que aun más onerosos son los riesgos de salud y seguridad que suponen los productos falsificados y de calidad inferior. Algunos países en desarrollo han expresado su preocupación sobre la posible perturbación del comercio transfronterizo debido a la sospecha de falsificación. La atención que se asigna a los riesgos de salud y seguridad refleja la presión que ejerció en 2007 la industria de países desarrollados para que este tema ocupara un lugar central después de que se reconociera que años de reclamaciones por infracción de derecho de autor y de patente no habían logrado reunir suficiente apoyo público. Entre las prioridades para 2008, el NIPLECC incluyó una posición más severa con la delincuencia organizada internacional que trafica mercancías robadas y falsificadas que están protegidas por derechos de propiedad intelectual. Asimismo, Estados Unidos trabajará enérgicamente junto con sus socios comerciales para finalizar el acuerdo comercial contra la falsificación; se basará en los compromisos contraídos con el Grupo de los Ocho (naciones industrializadas) y otros organismos internacionales y continuará contribuyendo con los países en desarrollo para que estos elaboren regímenes efectivos de protección. Artículo especial 301: Listas La piratería comercial organizada y la incapacidad de los gobiernos extranjeros de exigir la observancia de legislaciones existentes en materia de derecho de autor amenazan con avanzar más rápido que los esfuerzos del Gobierno de Estados Unidos por promover la reforma y la observancia de los derechos de autor, comentó el grupo industrial International Intellectual Property Alliance ─ IPPA ─ (Alianza Internacional para la Propiedad Intelectual) en el marco de sus recomendaciones al USTR el 11 de febrero. La organización, que representa colectivamente a las industrias cinematográfica, editorial, de la música, la televisión, los programas informáticos y los videojuegos, instó al Gobierno a que incluyera 43 países en la Lista de vigilancia establecida con arreglo al artículo especial 301 y que vigilara a ocho países más. El quid del problema es la ausencia de fronteras en Internet, sostuvo la IPPA. La IIPA espera asimismo que los gobiernos adopten leyes que incorporen las normas del Tratado de la OMPI sobre el Derecho de Autor y del Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas y que exijan enérgicamente la observancia de medidas existentes y futuras contra la piratería digital y en línea. En el marco del proceso establecido en el artículo especial 301, se alista a los países considerados como problemáticos en diferentes listas de vigilancia, que reflejan distintos niveles de importancia. La inscripción de un país en una lista puede suponer una situación políticamente difícil, y la incapacidad de un país para dar respuesta a las preocupaciones del USTR podría llevar a ese país a perder los beneficios unilaterales en materia comercial que se ofrecen a sus bienes y servicios en el mercado de Estados Unidos. Por lo general, la lista del USTR refleja las recomendaciones de la IIPA. Muchos de los “sospechosos de siempre” figuran en la lista del corriente año, si bien hubo algunas sorpresas. Canadá considera las listas como un ejercicio de lobby La IIPA recomendó que Canadá, que figura en la Lista de vigilancia desde 1995, se incluyera en la Lista de vigilancia prioritaria debido a su incapacidad para adoptar “medidas significativas” destinadas a actualizar su legislación sobre derecho de autor alineándola con las normas de los acuerdos de la OMPI. En su “lista de deseos”, la IPPA incluyó: la adopción de leyes que pondrían a Canadá en conformidad con los tratados de la OMPI; la creación de incentivos significativos para que los proveedores de acceso a Internet cooperen con los titulares de derecho de autor y la adopción de legislación que aclare la responsabilidad de aquéllos que, con conocimiento, facilitan o promueven la infracción, tales como los servicios ilegales de intercambio de archivos. La industria también procura obtener controles de frontera más estrictos para luchar contra las mercaderías falsificadas y una mayor atención por parte de los organismos encargados de la ejecución de las leyes y de los fiscales a la observancia de la propiedad intelectual. La IPPA “deja claro que desea que Canadá vaya más allá de la aplicación de las normas de la OMPI y siga el modelo del la Ley sobre derecho de autor para el milenio digital”, comentó en su blog el profesor de comercio electrónico y legislación sobre Internet Michael Geist, de la Universidad de Ottawa. La realidad es que, en muchas áreas, la legislación canadiense es más restrictiva que la de Estados Unidos, comentó. Los funcionarios canadienses han “descartado con razón” el proceso relativo al artículo especial 301 por considerarlo “no más que un ejercicio de presión”, añadió Geist. Un funcionario comentó a un comité parlamentario que Canadá no reconoce el proceso porque “carece de un análisis objetivo y fiable” y “está impulsado completamente por la industria estadounidense”, aclaró Geist. Queda por ver si el gobierno sucumbirá a las presiones de Estados Unidos, dijo Geist. Suecia prepara una propuesta sobre observancia Según la IPPA, Suecia, “una zona muy conocida por proporcionar protección a la piratería en Internet”, debería pasar de la sección de mención especial a la Lista de vigilancia. Entre otras cosas, Suecia aloja “The Pirate Bay”, un rastreador del protocolo BitTorrent cuyos propietarios fueron acusados de infracción penal del derecho de autor en enero pasado, dijo la IIPA. Esta Alianza expresó su preocupación por la inclusión de disposiciones inadecuadas en una medida que adoptaba la directiva de la Unión Europea (UE) sobre derecho de autor y por la incapacidad de Suecia para aplicar la directiva de la UE sobre observancia. El Gobierno sueco está preocupado por la recomendación, dijo a Intellectual Property Watch Beatrice Ask, vocera del Ministerio de Justicia. La propiedad intelectual es una prioridad absoluta para el Gobierno, que trabaja en pos de mejorar la situación, explicó Ask. Y añadió que Suecia cuenta con amplia legislación en materia de observancia de los derechos de propiedad intelectual así como un proceso de evaluación (en curso) destinado a garantizar su eficacia. Suecia ha creado una nueva organización con fiscales especializados en delitos relacionados con la propiedad intelectual y estudia formas de facilitar el acceso, por parte de la policía y de los fiscales, a información sobre los propietarios de direcciones específicas de protocolo de Internet que se utilizan para cometer infracciones. Tras la decisión del 29 de enero de 2008 del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en el caso Promusicae en el que se aclaraba que los gobiernos pueden, pero no están obligados, a exigir a los proveedores de acceso a Internet que proporcionen a los titulares de derecho información sobre la identidad de los infractores que pertenecen a sus redes, el Gobierno presentará en los próximos meses una propuesta relacionada con la aplicación de la directiva sobre observancia, informó la vocera. “Atención especial” para Alemania La IIPA solicitó al USTR que pusiera especial atención en Alemania a fin de asegurarse que ese país promulgaba legislación efectiva en materia de observancia. En discusión estaban las enmiendas de la legislación nacional que lleva a la práctica la directiva sobre observancia, la que, según la IPPA, hará más difícil a los titulares de derechos y a los gobiernos luchar contra la piratería en Internet al impedir que los titulares de propiedad intelectual obtengan las direcciones Internet y las identidades de los supuestos infractores y que soliciten mandamientos judiciales contra los proveedores de acceso a Internet cuyos servicios son utilizados por terceras partes con fines de piratería. El Parlamento alemán está estudiando la legislación que permitirá adoptar la directiva sobre observancia, informó un vocero del Ministerio de Justicia de ese país. En el proceso, se tienen en cuenta los intereses de todas las partes pertinentes, incluidos los de los titulares de derecho, añadió. La nueva medida conllevará varias mejoras fundamentales para los titulares de derechos. Sin embargo, respecto del derecho de obtener las direcciones Internet a partir de los proveedores de acceso a Internet, los legisladores alemanes deberán también considerar el derecho a la intimidad y el derecho a la protección de datos plasmados en la legislación de la UE, como se señaló en el caso Promusicae. La lucha contra la falsificación y la piratería “sigue figurando como una prioridad” en el programa del Gobierno alemán, sostuvo el vocero. Y añadió que Alemania trabajo junto con sus socios en varios foros europeos e internacionales para potenciar la protección internacional. Los proveedores de acceso a Internet y las empresas de alojamiento de sitios web probablemente no reconozcan que la situación en Alemania es peor que en países comparables, dijo Axel Spies, abogado en Bingham McCutchen LLP. Sin embargo, la industria de la música ejerce una fuerte presión para obtener el acceso a los datos personales que están disponibles en los servidores y en las bases de datos a fin de poder focalizarse en los piratas de programas informáticos, concluyó. Share this:Click to share on Twitter (Opens in new window)Click to share on LinkedIn (Opens in new window)Click to share on Facebook (Opens in new window)Click to email this to a friend (Opens in new window)Click to print (Opens in new window) Related "Estados Unidos: La industria del derecho de autor presiona para obtener una observancia más estricta" by Intellectual Property Watch is licensed under a Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International License.
Asier says 20/02/2008 at 8:08 pm Intellectual Property is a stupid concept. Copyrigth laws are western civilization’s cancer, and we must figth against them. Culture free! Reply
Edwin Corea says 20/11/2008 at 10:15 pm Instead of trying to damage people, you should change your business models and suite to the new tendencies and the big tsunami coming above all of you, called Web 2.0. Artists have found a new niche, which puts them in direct contact with their fans instead of intermediaries like Record Labels. Reply
comercios en valencia says 24/05/2010 at 8:50 pm Lo complicado de la legislación sobre copyright, es el cronoclasma que se produce cuando aplicamos un concepto como el de propiedad intelectual, que corresponde con un mundo pre-globalización, a una época marcada por la globalización y el empleo de las corrientes de pensamiento a las que llegó la humanidad tras siglos y siglos. Después de tanto tiempo acostumbrados a la propiedad intelectual, ¿cómo podremos deshacernos del concepto? ¿Hasta qué punto algo que un ser humano “creó” en este siglo, es realmente, de “su” propiedad, ya que para crearlo, ese ser humano debió COPIAR el trabajo de otros miles o millones de seres humanos, que trabajaron intelectualmente antes que él? Reply