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Contenido en línea y reforma del sistema de patentes son temas clave para Europa en 2008

14/01/2008 by Catherine Saez, Intellectual Property Watch Leave a Comment

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Por Dugie Standeford para Intellectual Property Watch
Las cuestiones de derechos de autor ocupan un lugar central este año a medida que se intensifica el debate en la Unión Europea sobre la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet (PSI) por la piratería en línea. Adicionalmente, la propuesta de un sistema europeo de litigios en materia de patentes, considerada muerta el año pasado, ha sido reavivada, así como el debate acerca de los cánones por derechos de autor sobre los medios en blanco.

Comunicado sobre contenido creativo en línea

La Comisión Europea inició un diálogo público el 3 de enero con el propósito de impulsar el desarrollo de nuevos modelos de negocios que faciliten la circulación transfronteriza de contenidos de Internet más creativos. El Comunicado sobre contenido creativo en línea en el mercado único aborda cuatro desafíos que la Comisión considera que requieren la adopción de medidas a nivel europeo: mayor disponibilidad de contenidos innovadores, las licencias transfronterizas, la interoperabilidad y la transparencia de los sistemas de gestión de derechos digitales (DRM, por sus siglas en inglés), y las bases legales y la piratería. La Comisión ha solicitado comentarios sobre varias cuestiones, que deberán ser remitidos a más tardar el 29 de febrero. Los ministros de la cultura de la UE debatirán la propuesta cuando se reúnan el 21 y el 22 de mayo y, según ha dicho la Comisión, esperan tener formuladas las recomendaciones de política para mediados de 2008.

Entre otras cuestiones, la Comisión está reflexionando sobre si la solución propuesta por Francia a las violaciones de derechos de autor en Internet podría funcionar en toda Europa. En noviembre, los PSI franceses convinieron en comenzar a poner a prueba sistemas de filtrado como una manera de poner fin a las infracciones. A cambio de ello, la industria de la música se comprometió a hacer un esfuerzo especial para promover la interoperabilidad. Las recomendaciones de la Comisión Olivennes incluyen la creación de un órgano gubernamental independiente que emita advertencias de infracción que podrían conducir en última instancia a la terminación de las suscripciones de los usuarios a Internet.

El Parlamento Europeo también está debatiendo la cuestión del filtrado obligatorio de los PSI. La votación del Comité de Cultura y Educación sobre un informe para promover las industrias europeas de la cultura, prevista para el 18 de diciembre, fue aplazada para el 21 de enero debido a desacuerdos sobre las enmiendas que atribuyen a los PSI la responsabilidad por las infracciones cometidas, según afirmó la asociación europea para los derechos digitales (EDRI, European Digital Rights). La Federación Internacional de la Industria Fonográfica está presionando a los miembros del parlamento para que exijan a los PSI bloquear contenido infractor, una solicitud a la que se oponen los grupos de consumidores y de protección de los derechos digitales.

Consulte aquí el informe del relator Guy Bono [pdf].

Consulte aquí las enmiendas al informe [pdf].

El acuerdo de la Comisión Olivennes ha sido muy controvertido, y no es claro si se aplicarán sus recomendaciones, según ha afirmado Winston Maxwell, de la firma de abogados Hogan & Hartson. “Si Francia juega bien sus cartas, podría ser el líder en Europa en obtener un equilibrio justo entre los derechos de autor y los derechos de Internet”, añadió Maxwell. Sin embargo, señaló que las recomendaciones también podrían resultar demasiado ambiciosas.

Gestión transfronteriza de los derechos de autor en línea

Los esfuerzos por intentar establecer un sistema paneuropeo de concesión de licencias para servicios legítimos de música se estancaron en 2007.

Una recomendación no vinculante formulada por la Comisión en 2005 sobre la gestión transfronteriza de derechos de autor y derechos conexos para los servicios legales de música en Internet alentó a los gobiernos a promover su crecimiento mediante la creación de un marco normativo que permite la gestión de los derechos a nivel europeo. En enero de 2007, la Comisión solicitó opiniones sobre la pertinencia de proponer una directiva marco vinculante destinada a obligar a las sociedades recaudadoras a “ponerse de acuerdo con el fin de otorgar licencias a los distribuidores de música que operan en línea en toda la comunidad europea”, afirmó Jorgen Holmquist, director general de la Dirección de Mercado Interior y Servicios.

La consulta arrojó 88 respuestas de sociedades recaudadoras, editores de música, usuarios de música y países de la UE, según señaló Holmquist a Intellectual Property Watch. Y afirmó que aunque la Comisión seguía analizando las observaciones, la mayoría de las partes interesadas claramente “no consideraba necesaria” la legislación. En cambio, dijo, creen que los diferentes actores involucrados en el proceso de concesión de licencias deberían entablar un diálogo abierto para elegir el modelo preferido.

La Dirección de Mercado Interior y Servicios prepara actualmente un Libro Verde sobre derechos de autor en la economía del conocimiento, pero aún no se conoce su fecha de publicación.

Cánones sobre los derechos de autor

La mayoría de los países de la UE establece gravámenes sobre los medios en blanco como CD y DVD para compensar a los artistas por las copias privadas lícitas que hacen los usuarios. En los últimos meses, algunos países han comenzado a imponer gravámenes sobre una nueva gama de medios digitales, que incluye los reproductores de música digital, las memorias flash USB, los discos duros y, posiblemente, los teléfonos móviles y las conexiones inalámbricas, mientras los esfuerzos por armonizar el fragmentado panorama de los derechos de autor siguen languideciendo.

Los gravámenes son impopulares en la industria, incluyendo en las empresas de medios digitales, artículos electrónicos de consumo, software, tecnologías de información y comunicación, semiconductores y medios de grabación, que aseguran que el creciente uso de sistemas reduce la necesidad del impuesto.

Una propuesta de la Comisión para reformar el sistema de recaudación de derechos de autor terminó enfrascado en cuestiones políticas en diciembre de 2006 cuando José Manuel Barroso, Presidente de la Comisión, pospuso la votación sobre la recomendación. Sin embargo, hay una creciente lista de desafíos para el sistema.

En noviembre de 2007, los fabricantes y distribuidores de dispositivos de almacenamiento digital y medios audiovisuales solicitaron al más alto tribunal administrativo de Francia eliminar los gravámenes impuestos a las llaves USB, las tarjetas de memoria y otras tecnologías de transmisión de datos. Uno de los demandantes, Rue du Commerce, también está apelando la revocación pronunciada por un tribunal de París de una decisión que ordena a los sitios Web extranjeros notificar a los consumidores que deben pagar los gravámenes correspondientes y dejar de anunciar “precios inmejorables”, comentó en noviembre una fuente informada. Añadió que ese caso podría debatirse en enero.

A finales de octubre, Imation Europe, que vende medios ópticos en blanco, presentó una denuncia ante el director general de Industria y Comercio de la Comisión alegando que el sistema de gravámenes del gobierno holandés perjudica el comercio interestatal de la UE y es “disfuncional”.

La Comisión dijo en noviembre que “por el momento” no hay nada nuevo respecto a la reforma de los gravámenes.

Reforma de patentes

El 22 de noviembre los gobiernos de la UE aprobaron los elementos principales de un sistema paneuropeo de litigación sobre patentes (IPW, European Policy, 28 de noviembre de 2007) . La propuesta de un sistema de este tipo ha sido objeto de debate durante varios años, pero llegó a un punto muerto después de que se reintrodujera en 2006.

El acuerdo mediado por Portugal durante su presidencia semestral de la UE consistía en la creación de un órgano especializado adscrito al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que se encargaría de atender los casos de impugnación de la validez de las patentes.

Aunque se ha logrado un acuerdo respecto al esquema general del sistema, el debate sobre algunos de sus temas más delicados, en particular el relativo a los idiomas en los que serían recibidas las demandas, continuará en 2008. El próximo paso será una reunión de estrategia, convocada para el 7 de febrero por la Comisión, con varios abogados y jueces, afirmó Kevin Mooney, un abogado británico de la firma Simmons & Simmons y presidente de la Asociación Europea de Abogados de Patentes.

Directiva sobre observancia de los derechos de propiedad intelectual

En julio de 2005, la Comisión propuso que se exigiera a los Estados miembros tipificar en delito toda infracción intencional de un derecho de PI cuando ésta se cometa a escala comercial. El texto de la Directiva 2 sobre la Observancia de la Propiedad Intelectual (IPRED2) contempla también la tentativa, la ayuda, la complicidad y la instigación, y establece para los infractores penas que van desde la confiscación de productos falsificados hasta el encarcelamiento.

La primera lectura de la controvertida medida tuvo lugar en el Parlamento Europeo en abril de 2007. Según afirmó un portavoz del Comité de Asuntos Jurídicos, el informe del eurodiputado Nicola Zingaretti quedó “atascado en el Consejo” sobre cuestiones relacionadas con la competencia de la Comisión para promulgar leyes penales, un ámbito tradicionalmente reservado a los gobiernos nacionales. El portavoz señaló además que aún no se había programado una segunda lectura.

Entre tanto, la IPRED2 también ha encallado en el Parlamento a causa de rivalidades con enmiendas en materia de importaciones paralelas, es decir, de envíos de mercancías auténticas autorizados por los titulares de los derechos (IPW, European Policy, 9 de agosto de 2007). El 4 de diciembre, la eurodiputada Eva Lichtenberger solicitó la colaboración del Presidente Hans-Gert Pöttering para tratar de resolver la cuestión de si la medida debería cubrir este tipo de importaciones. Pöttering ahora tendrá que decidir si envía el asunto a la comisión constitucional para su resolución, según afirmó Lichtenberger.

Caso antimonopolio contra Microsoft

En 2004, la Comisión dictaminó que Microsoft violaba la legislación de competencia de la UE al atar sus sistemas operativos de PC para que funcionaran con sus sistemas operativos de grupo y reproductores multimedia. La empresa se vio obligada a ofrecer a los fabricantes de computadores una versión de Windows OS sin el reproductor multimedia Windows Media Player, facilitar información de interconexión (pero no el código fuente de Windows) y pagar una multa de casi 500 millones de euros.

Microsoft apeló el dictamen, que fue confirmado en septiembre por el Tribunal Europeo de Primera Instancia en una sentencia que al parecer tiene repercusiones de gran alcance para los titulares de propiedad intelectual cuyos productos también son estándares en la industria, con los que los competidores buscan que haya interoperabilidad. Ese argumento fue rechazado por la Free Software Foundation Europe, que dijo que no existe ninguna otra empresa en los sectores de las comunicaciones o del establecimiento de redes, en los que la interoperabilidad es vital, que igualen el perfil de Microsoft.

Microsoft no recurrió la sentencia ante el Tribunal Europeo de Justicia

Directiva sobre servicios de medios audiovisuales

La Directiva sobre servicios de medios audiovisuales que modifica la Directiva sobre Televisión sin Fronteras entró en vigor el 19 de diciembre de 2007 y permite a los organismos de radiodifusión de programas de noticias generales presentar breves segmentos de noticias o eventos deportivos de gran interés público de propiedad de otros organismos de radiodifusión en condiciones equitativas, razonables y no discriminatorias. Adicionalmente, los Estados miembros pueden exigir que los organismos de radiodifusión no tengan acceso exclusivo a eventos que se consideren de “gran importancia para la sociedad” de manera que se prive a una parte considerable del público de la oportunidad de seguir los acontecimientos través de la cobertura en directo o en diferido en la televisión en abierto.

La directiva no modifica las obligaciones impuestas por las leyes y los tratados de derechos de autor.

Actividad nacional en materia de PI

El 9 de octubre, el Senado francés aprobó la ratificación del Acuerdo de Londres, en virtud del cual las partes signatarias suspenderán el requisito según el cual las solicitudes de patentes europeas debían ser traducidas a sus lenguas nacionales, dijo la Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido (UKIPO). Una vez que haya sido ratificado por el Presidente francés Nicolás Sarkozy, el pacto entrará en vigor en todos los países signatarios. El acuerdo tendrá un “gran efecto práctico” en la reducción de costos para los solicitantes de patentes, dijo Peter Hill, un abogado británico de la firma Simmons & Simmons.

La UKIPO puso en marcha una consulta en septiembre sobre la tramitación acelerada de patentes y marcas. El periodo de consulta finalizó el 14 de diciembre y se espera que la Oficina publique su respuesta a las comunicaciones en 2008, señaló Hill.

Se espera asimismo que en 2008 la UKIPO consulte opiniones sobre la conveniencia de establecer una excepción sobre “cambio de formato” (format-shifting) en la legislación británica de derechos de autor, según comentaron varias fuentes. En su informe final de diciembre de 2006 sobre el marco normativo británico de PI, el Gowers Review, un estudio independiente encargado por el gobierno, recomendó la introducción de un derecho limitado para la copia privada que permita a los consumidores transferir contenidos adquiridos de forma lícita de un CD a un reproductor MP3, por ejemplo.

En mayo, el Tribunal de Distrito de Helsinki en Finlandia dictaminó que el Sistema de Codificación de Contenido, (o CSS, por sus siglas en inglés Content Scrambling System), utilizado en los DVD es “ineficaz”. La decisión fue la primera en Europa en interpretar las nuevas enmiendas a la legislación de derechos de autor que prohíben la elusión de “medidas tecnológicas eficaces”, dijo en ese entonces Mikko Valimaki, abogado de los “acusados”.

Según la legislación de Finlandia y de la UE, las medidas técnicas de protección sólo son eficaces si “alcanzan el objetivo de protección”, señaló el Tribunal. Puesto que un hacker noruego había logrado vulnerar el CSS en 1999, al igual que muchos otros lo han hecho desde entonces, la protección ya no podía considerarse eficaz. Según Valimaki, la decisión podría tener amplias repercusiones en Europa puesto que se basa en la Directiva de Derechos de Autor. No es claro, sin embargo, si existen otras demandas similares en curso.

Actuales acuerdos comerciales y esfuerzos por reforzar la observancia

La UE también tiene en marcha una iniciativa para fortalecer la observancia de los derechos de PI, incluso a través de negociaciones bilaterales y multilaterales de libre comercio. En 2007 los negociadores europeos hicieron énfasis en la necesidad de reforzar los mecanismos de protección para los derechos de autor y las patentes, incluso contra la falsificación de medicamentos. La UE ha estado negociando acuerdos comerciales con países de África, del Caribe y del Pacífico. También ha tomado la iniciativa en materia de observancia en el contexto de la Organización Mundial del Comercio.

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